Los Concejales del Bloque Cambiemos Lic. Germán Bottero, Sra. María Alejandra Sagardoy, Dra. Marta Pascual, Lic. Raúl Bonino, Sr. Miguel Destéfanis y Lic. Leonardo Viotti presentan para su aprobación el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO: y;
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario crear condiciones especiales que contemplen la función que cumplen los Bomberos Voluntarios y los voluntarios de Defensa Civil con la actividad que desarrollan, reconociendo no solo el rol que estas personas asumen en nuestra sociedad sino también la importancia que reviste la Licencia para conducir en el ejercicio de su función.

Que quienes se desempeñan como Bomberos Voluntarios no perciben una remuneración por dicha labor, mientras que quienes se desempeñan como Voluntarios de Defensa Civil solo perciben un mínimo reconocimiento monetario en concepto de premio.

Que los voluntarios de estas dos instituciones rafaelinas desarrollan una importante labor solidaria y desinteresada para con su comunidad, y en ambos casos es de suma importancia que puedan contar con su licencia de conducir para poder trasladarse de manera rápida y segura en los momentos que se los requiera.

Que los Bomberos Voluntarios que se desempeñan como choferes deben acceder al carnet habilitante profesional, el cual tiene un costo mayor al carnet clase particular.

Que los costos para la obtención de las licencias de conducir están compuestos por diferentes ítems correspondientes a tasas municipales, CENAT y estampillados del Colegio de Médicos.

Que es necesario que el Municipio, a través de la Subsecretaría de Salud, celebre los convenios precisos para asegurar que los Bomberos Voluntarios y los integrantes de Defensa Civil puedan hacer los estudios médicos que se requieren para acceder a sus licencias de conducir, sin tener que abonar ningún costo.

Por todo ello, el CONCEJO MUNICIPAL DE RAFAELA, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Art. 1°) Exímese del pago de todas las tasas municipales estipuladas para la emisión y renovación de licencia de conducir nacional, fijadas en el Artículo 129º de la Ordenanza Tributaria Nº 5147/2020 y Ordenanzas Tributarias sucesivas, a los Bomberos Voluntarios de Rafaela y Voluntarios de Defensa Civil.

Art. 2º) Dispóngase que el Departamento Ejecutivo Municipal afrontará los costos correspondientes a la obtención del CENAT y estampillado del Colegio de Médicos.

Art. 3º) Cada ciudadano alcanzado por lo establecido en el artículo 1º de la presente podrá acceder a dicho beneficio con un máximo de 2 licencias cada 2 años.

Art. 4°) Autorizase a la Subsecretaría de Salud de la Municipalidad de Rafaela, o la que la reemplace en un futuro, a suscribir los convenios con el cuartel de Bomberos Voluntarios de Rafaela y con la institución Defensa Civil, para la realización gratuita de los estudios médicos exigidos para la emisión de la licencia de conducir “conductor profesional” a los ciudadanos alcanzados por el artículo 1° de la presente ordenanza.

Art. 5º) De forma.